Libertad Gabriel Pombo Da Silva

Libertad Gabriel Pombo Da Silva

El estado de derecho – En el laberinto de la prisión de Gabriel Pombo Da Silva

El 27 de enero, los periódicos portugueses se hicieron eco de la noticia celebrada por la policía española e italiana de que el anarquista “notable y extremadamente peligroso” Gabriel Pombo da Silva había sido detenido en Monção dos días antes. La policía sostiene la historia del anarquista gallego buscado por delitos violentos en España, por “culto anarquista y criminal». Los periódicos no tardaron en explotar la imagen de perseguido y peligroso. Y, como es habitual en el periodismo-policial, publicaron una serie de exageraciones, mentiras y contradicciones, basadas en información que le fue entregada por la misma policía.

Uno de los artículos, firmado por Tânia Laranjo y Liliana Rodrigues, en el periódico de desinformación, Correio da Manhã, decía que el “terrorista anarquista” tenía una sentencia de 30 años por cumplir por robo a mano armada a sucursales bancarias, extorsión a empresarios y homicidio, y que uno de los delitos atacó al propietario de una casa de alterne (por lo que se da a entender que traficar con mujeres es más digno y decente que robar bancos), delitos cometidos hace más de treinta años, entre 1989 y 1990. La deshonestidad intelectual es tal que ni siquiera se menciona que hubo un solo homicidio, el del proxeneta, prefiriendo dar la impresión de que el «terrorista anarquista» era un matón sanguinario con varios asesinatos a cargo. Otra ilustre conocida por los medios de comunicación portugueses, Valentina Marcelino, del decadente Diario de noticias, reproduce las mentiras y afirma que, según el PJ, Gabriel era muy (hacemos énfasis en “muy”) solicitado por esta sentencia de 30 años para cumplir los delitos ya mencionados. Así demostraba la falta de juicio y deshonestidad la periodista:

«Las autoridades españolas recuerdan que tras una fuga de la prisión en España en 2004, Gabriel huyó a Alemania, donde fue detenido por las autoridades de ese país tras un enfrentamiento armado con ellos. Posteriormente fue extraditado a España, tras cumplir su condena en Alemania.

Cuando terminó condena en España, la policía de ese país también dice que realizó conferencias en todo el territorio español sobre movimiento insurreccional anarquista.

Aunque pasó a la clandestinidad, Gabriel no dejó de publicar escritos y manifiestos publicados en los sitios web del movimiento anarquista insurgente en el que se mostró como el líder de ese movimiento.»

Tras esta introducción, podríamos concluir que tras cumplida su condena en España, como afirma el pseudoperiodista, Gabriel sólo podía ser buscado desde hacía tiempo por las conferencias celebradas en España sobre el movimiento insurreccional y por los escritos y manifiestos publicados en las webs del movimiento anarquista insurgente, porque si la sentencia ya había terminado, ¿cómo podría la policía llevar “mucho tiempo” buscando al “terrorista anarquista” para que cumpla 30 años de una condena ya cumplida?

Se le pide 30 años de prisión por hablar de «Anarquismo insurreccional» pero en realidad se trataba de charlas sobre la tortura y maltrato en las cárceles, que es lo que movió a Gabriel a viajar por la Península Ibérica después de haber sido liberado.

Gabriel Pombo da Silva tuvo una sentencia de prisión de 13 años a cumplir en Alemania por los hechos ocurridos en Aquisgrán en 2004, cuando trató de escapar al control policial. Por eso cumplió ocho años y medio de prisión. Alemania decidió extraditarlo a España el 16 de enero de 2013 a causa de una orden de detención europea dictada por el Juzgado de Albacete por tres años, siete meses y veintiún días, se extinguió el 16 de mayo de 2016. Y ahí es cuando entra en juego la jueza Mercedes Navarro, del Juzgado Penal No. 2 de Girona, quien declaró en un auto que Gabriel debía permanecer en prisión por una condena penal incumplida. Y por esa misma razón, Gabriel continuó “Secuestrado” en el Centro Penitenciario La Moraleja, en Dueñas, un mes más, hasta que la Audiencia Provincial de Girona ordenó, tras una solicitud de habeas corpus, por parte de su abogado, su inmediata puesta en libertad pues su detención viola el principio de especialidad al que Gabriel no había renunciado. Y esto dice el primer punto de ese principio de especialidad del régimen jurídico de la orden de detención europea: “La persona entregada en cumplimiento de una orden de detención europea no puede ser procesada, condenada o privada de libertad por un delito cometido antes de su entrega y diferente del que dio lugar a la emisión de la orden de detención europea“. Ahora, si el Juzgado de Albacete dictó orden de detención Europea para que Gabriel cumpliera la condena ya cumplida el 16 de mayo de 2016, la propia ley declaró que no podría permanecer en prisión para cumplir cualquier otra condena previamente cometida en el territorio al que había sido extraditado. Debido a que permaneció en prisión más tiempo del que se le suponía, Gabriel demandó a la juez Mercedes Navarro por delito de prevaricación por retrasar una orden de excarcelación inmediata. Gabriel fue puesto en libertad el 16 de junio de 2016 y se instaló con su compañera Elisa en una pequeña finca familiar en Mós, Galicia. Trabajó duro para recuperarla, apoyado por varios compañeros, con la ambición de abrir el Ateneo Agustín Rueda (en honor al prisionero anarquista asesinado en el penal de Carabanchel el 14 de marzo de 1978). También participó en varias conferencias donde habló sobre la experiencia en prisión. En una de esas conferencias conoció a un personaje siniestro que se presentó como una compañera con problemas de drogas. Gabriel decidió apoyarla, sin saber quién era y de dónde venía. Este personaje siniestro, María de Carmen Otero, había estado involucrada en el caso de un atentado con cócteles molotov a la sede del Club Financiero de Vigo en 2012 con otras dos personas. La fiscalía pidió once años de prisión para ella, pero María, después de acusar a las otras dos personas de haber sido los autores materiales del atentado, culpable de ser autora moral y arrepentida, terminó por recibir una sentencia de dos años con pena suspendida. Esta misma persona fue recibida por Gabriel y Elisa en su casa y vivía con ambos, hasta que Gabriel descubrió la verdad y le pidió que se fuera.

El 24 de enero de 2017, mientras dormían, Gabriel y Elisa fueron sorprendidos por 60 guardias civiles que buscaban armas y explosivos. Al mismo tiempo, María de Carmen Otero fue etenida por tráfico de armas en Internet. La Guardia Civil llevaba algún tiempo escuchando las conversaciones telefónicas de María, y ahí es cuando se dieron cuenta de que estaba en contacto con Gabriel. Decidieron detener a Gabriel por presunta asociación, pero no encontraron armas en la finca ni evidencia de que estuviera involucrado con María en ese tráfico. Gabriel fue puesto en libertad de inmediato. Lo que quedaba probado, en los registros telefónicos de la Guardia Civil, es que María pasó información a alguien con la capacidad de acceder a los registros de las personas que circulaban en la banda, para acceder a los registros del período de tiempo que Gabriel estaba en la cárcel, alguien que recibió grabaciones de María y quien le dijo que podía pasarle armas si fuese necesario, alguien que tuviera la capacidad de protegerla si se sentía en peligro, alguien que le pagaba a María para obtener información sobre Gabriel y que tenía mucho interés en sus actividades. Todos podemos entender a quién podría referirse. Es común escuchar historias de personas que hacen tratos con la policía para ver reducidas sus sentencias a cambio de información sobre otras personas, de infiltraciones llevadas a cabo con el fin de supervisar a alguien de cerca para obtener cualquier incriminación o incluso instigar a que alguien que cometa una infracción que podría dar lugar a una detención. La operación de la Guardia Civil, denominada «Buyo», llevó a María a ser detenida y a frustrar cualquier plan de arruinar la vida a Gabriel y al Ateneo que estaba construyendo.

Después de reflexionar sobre los distintos acontecimientos, Gabriel y Elisa decidieron entonces venir a Portugal, por sentir que tarde o temprano habría otro ataque por parte de las autoridades españolas contra su libertad. No estaban huyendo, pero temían la represión del Estado español. Su posterior decisión de pasar a clandestinidad se debió a un nuevo asalto de la jueza Mercedes Navarro (¡motivada por sentimiento de venganza!). En junio de 2018, la jueza citó a Gabriel a comparecer ante los tribunales de Girona por la denuncia que se había hecho contra ella por prevaricación, pero Gabriel no asistió, por temor a que esta llamada podría ser un señuelo, ya que sabía que la jueza aún quería su arresto. Gabriel decidió entonces pasar a la clandestinidad, pasar una corta temporada en Italia y luego regresar a Portugal. En Portugal, en el verano de 2019, donde supo que la jueza Mercedes Navarro había emitido una orden por su detención, primero nacional, luego europea.

¿Significa esto que, en la práctica, Gabriel había estado huyendo durante unos meses, o, si usamos el lenguaje periodístico, «hace mucho»? 30 años también es una falacia, porque Gabriel cumplió la mayor parte de sus 32 años en prisión en las cárceles españolas y la pena máxima en España era de 30 años. Valentina Marcelino también menciona en su artículo que Gabriel fue encarcelado en Italia. Una mentira más. ¿Cómo podía Gabriel estar preso en varios lugares a la vez? Escapó de la cárcel en España, fue detenido en Alemania y cumplió condena allí, más tarde enviado a España de nuevo para cumplir el resto de la condena. ¿Cómo pudo haber sido encarcelado en Italia? También menciona que Gabriel es «sospechoso de delitos» por los que ha sido condenado en la década de los 90 (si ya ha sido condenado, no es sospechoso) incluyendo homicidios, narcotráfico, tráfico de armas… Una serie de mentiras sin sentido y que se contradicen en un texto tan pequeño. La magistrada Mercedes Navarro indica que todavía tiene sentencias que cumplir y que el principio de la especialidad ya no es válido porque, según un párrafo del régimen legal, Gabriel no estuvo ausente del país al que fue extraditado dentro de un plazo de ¡45 días!

La ley está tan llena de tonterías que alguien puede ser extraditado a un país solicitante, liberado, pasar 45 días suelto y ser arrestado de nuevo por otra causa pasada. Esto es lo que asume esta magistrada. Sobre la estancia de Gabriel en la cárcel italiana, se le metió en la cabeza que Gabriel es la «cabeza» de la organización informal, sin entender muy bien la lógica del anarquismo o lo que es una organización informal. Entonces estuvo involucrado en operaciones policiales y judiciales «Ardire» y «Scripta Manent» (incluso está preso cuando se le atribuyen hechos a él y otros involucrados), incluso habiendo sido juzgado en rebeldía y absuelto en relación con esta última operación. En el mismo período en que fue detenido en Portugal, el fiscal de Brescia emitió un 270bis (artículo de código penal que sanciona presuntas asociaciones con fines terroristas) en su nombre y el de su pareja, con el fin de intensificar su persecución. Todo porque Gabriel se digna a escribir, a enaltecer las luchas diarias que tienen lugar en todas partes del mundo, exponiendo sus ideas, denunciando abusos y torturas en las cárceles y declarándose anarquista. Por eso es un «individuo muy peligroso» para la magistrada Mercedes Navarro, presionando a las autoridades portuguesas para extraditarlo. ¿Y para qué?, ¿para torturarlo de nuevo?, ¿para volver a aislarlo?, ¿para castigarlo una y otra vez por delitos cometidos hace más de veinte años?, ¿a alguien que lleva más de 30 años encerrado en celdas de España y Alemania?, ¿el sentido de la venganza de esta gente no tiene límites?, ¿y todavía hablan de justicia, de reinserción, España, Italia, Portugal, todos los países que han heredado el fascismo, la tortura, asesinatos políticos?, ¿estamos tan lejos de aquellos tiempos?, ¿no tenemos estos resquicios todavía arraigados en instituciones que dicen ser democráticas? ¡Nos han demostrado muchas veces que esto es así y mucho peor!

Postscriptum

Este artículo fue escrito durante el período de detención de Gabriel en la prisión de la Policía Judicial de Oporto, que duró casi cuatro meses, desde el 25 de enero al 12 de mayo, día en que las autoridades portuguesas lo transportaron a Lisboa en tránsito hacia España. Fue entregado el 13 de mayo a las autoridades españolas retenido en el Centro Penitenciario de Badajoz y actualmente se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de León. Esto después de que las autoridades portuguesas dejasen expirar el periodo de prisión preventiva, que normalmente sería de 90 días (ya se habría agotado el día 25 de abril, célebre día de la libertad en Portugal, que, en este caso, de libertad no tenía nada), pero que las autoridades por un cálculo arbitrario dijeron que terminaría el día 8 de mayo; el abogado de Gabriel en suelo portugués habiendo impugnado la decisión de la Corte Suprema por irregularidades claramente evidentes en la decisión de rechazar la solicitud de libertad de Gabriel, llevó al conjunto de jueces a declarar nula su primera decisión y nuevamente a rechazar dicha solicitud, pisoteando nuevamente la ley que debe regir sus decisiones; y el 27 de abril habiendo pedido habeas corpus para solicitar una audiencia que garantizara la libertad de Gabriel, requisito que solo se respondió el 4 de mayo y resultó en programar una audiencia por videoconferencia el día 7 de Mayo, en la que se supo que el fiscal ya ha había dado todos los pasos para extraditar a Gabriel, habiendo solicitado la entrega el día anterior a la audiencia. Conjunto obsceno de despropósitos judiciales…

Todo esto, combinado con la retención y pérdida intencionada de correspondencia por parte de la prisión de la Policía Judicial de Oporto, que viola el artículo 69 del Código de Ejecución de Penas y Prisiones en Libertad, y el hecho de que no se ha prestado atención a las recomendaciones de la OMS y la ONU sobre medidas alternativas para los detenidos en prisión preventiva y quienes padecen enfermedades que puedan poner en peligro la salud de los presos en caso de contagio por Covid19 (Gabriel es asmático), demuestran la mala fe de las autoridades portuguesas y la coalición con sus socios españoles. Después de todo esto pregunto: ¿Todavía quieren que creamos en una Ley que es hecha, deshecha, malinterpretada, tergiversada y atropellada por sus editores y presuntos defensores?

Actualizando

Desde final de junio, Gabriel se encuentra preso en la cárcel de Mansilla de las Mulas (Léon). Está encerrado en el módulo 9, un módulo ni “de respeto” ni “conflictivo”, para usar el mismo lenguaje de quien pretende “rehabilitarlo”. Se trata de un módulo de “observación”… pues sí, los periodistas, por ahora, ya no escriben nada sobre él y su “asombroso recorrido criminal y sanguinario”… el “malo-malísimo” de la película está otra vez enjaulado y poco importa si se trata de un secuestro totalmente ilegal. Siguen observándolo para ver si algo ha cambiado en su mirada, en su actitud digna y en su rechazo al hipócrita “respeto” carcelario. Como anarquistas en contra a cualquier sistema de encierro no nos importa si este sea legal o ilegal pero el sentido de la justicia (no de Estado) lo tenemos y lo reivindicamos.

Actualmente, además de luchar jurídicamente para su liberación inmediata (haciendo recursos al tribunal de derechos europeos), lxs abogadxs están peleando para que apliquen a Gabriel todas las redenciones y beneficios penitenciarios (más de 8 años) a los cuales tiene “derecho” y que nunca se han considerado. A la pregunta si creemos en un “estado de derecho” la respuesta puede ser representada por una ecuación (que es solo un ejemplo más respecto a la clara venganza llevada adelante por parte de la mencionada Jueza de Girona):

30:1973=20:1995 o sea 4:1973=-6:1995

Teóricamente a una persona presa siempre le se aplica el código penal más favorable (y tiene “derecho” a pedir una revisión de pena a la luz de nuevos códigos penales que siempre tienen aplicación retroactiva), pero ni siquiera sabemos cuál es lo más favorable en el caso de Gabriel porque, por culpa de una refundición de pena mal hecha hace más de veinte años, ¡ningún tribunal lo puso negro sobre blanco! Después de más de veinte años, pues, lxs abogadoxs han tenido que volver a preguntar al tribunal de Ourense (que dictó sentencia en el 1993 de 166 años de condena) cuantos años realmente tiene que cumplir Gabriel: si son 30, el código penal más favorable es el de 1973 y, si le tuviesen que aplicar todas las redenciones, le quedarían 4 años para cumplir (o sea tendrían que darle la libertad condicional ya); si son 20, el código penal más favorable es el de 1995 y, si le tuviesen que aplicar todas las redenciones, tendrían que devolverle 6 años ¿Qué decir? Sobre todo, ¿qué hacer? No creemos en su “estado de derecho” como ellxs no creen en las mismas leyes que no aplican: está claro que el “derecho” existe solo para los ricos burgueses que pueden comprárselo. Seguimos expresando solidaridad a nuestro compañero que sigue en pié, digno y fuerte pese al castigo que sigue sufriendo por no haberse nunca doblegado frente a cualquier autoridad. Como afirmamos, el supuesto “Estado de Derecho” democrático queda, una vez más, en entredicho.

Si bien, como anarquistas, ya descreímos de inicio por las inconsistencias morales e ideológicas inherentes al tándem autoritario del Estado y Capital como conductores de la sociedad hacia ningún tipo de igualdad ni fraternidad supuestamente pretendida, ahora invitamos a defensores demócratas a reflexionar, a través de los hechos y del tiempo ya pasado, presente y futuro sobre las conclusiones y resultados de un sistema honestamente indefendible, que lejos de poder seguir vendiendo su reforma y posible mejora, como zanahoria atada a un palo, ha retratado y es cómplice de los más ejemplarizantes deseos de venganza desde las clases dominantes, en modo depredador contra quienes ponen en tela de juicio moral sus privilegios y actitudes prepotentes, autoritarias y criminales. Más concretamente, el Estado de Derecho como pilar de una sociedad burguesa supone una broma de mal gusto que ya estamos hartos de soportar. Y aún más, en este caso concreto, afirmamos que Gabriel es perseguido y acosado por haber sobrevivido al exterminio a base de torturas, aislamientos y asesinatos sin arrodillarse, exterminio al que el sistema penitenciario español ha sometido a una generación de compañeros de los que Gabriel es parte entre muchos. Los que desde la COPEL pasando por enfrentar los FIES han ayudado a retratar las atrocidades de la realidad democrática española.

Desde la Confederación Nacional del Trabajo adherida a la Asociación Internacional de Trabajadores, ponemos a disposición toda nuestra solidaridad y apoyo para tener a nuestro compañero en la calle y desenmascarar, de cara a quien sepa y quiera escuchar, la farsa del sistema político y judicial que padecemos. Estad atentxs a convocatorias y siguientes comunicados.

¡GABRIEL LIBRE YA!


Contra todo Estado, contra toda autoridad por la anarquía.
Artículo traducido, ampliado y actualizado del original de la revista anarquista portuguesa “A BATALHA, Jornal de Expressão Anarquista” VI Série Ano LXVI ̶ n.o 288-289





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COMPILACIÓN DE ESCRITOS DE CNA / SOBRE LAS CAMPAÑAS GABRIEL

2 DE JULIO DE 2020 (Gabriel Pombo Da Silva trasladado a la cárcel de León)

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13 DE MAYO DE 2020 (Gabriel Pombo Da Silva en el Estado Español)

https://www.nodo50.org/cna/?p=5658

12 DE MAYO DE 2020 (Gabriel Pombo Da Silva: entrega inminente al Estado Español)

https://www.nodo50.org/cna/?p=5656

16 DE ABRIL DE 2020 (Escritos de Gabriel Pombo Da Silva)

https://www.nodo50.org/cna/?p=5653

29 DE MARZO DE 2020 (Actualización Gabriel Pombo Da Silva 27/03/2020 Extradición inminente al estado español)

https://www.nodo50.org/cna/?p=5634

29 DE FEBRERO DE 2020 (ACTUALIZACIONES SOBRE GABRIEL POMBO DA SILVA)

https://www.nodo50.org/cna/?p=5621

19 DE FEBRERO DE 2020 (Petición de apoyo económico para la defensa jurídica de Gabriel Pombo Da Silva)

https://www.nodo50.org/cna/?p=5612

31 DE ENERO DE 2020 (Actualización de la situación del compañero Gabriel Pombo Da Silva [Portugal] y novedades represivas en Italia)

https://www.nodo50.org/cna/?p=5598

31 DE ENERO DE 2017 (¡Cuidado a quién llamas compañerx! – Comunicado de Gabriel Pombo sobre el caso “Buyo”)

https://www.nodo50.org/cna/?p=4796

10 DE JUNIO DE 2016 (El compañero anarquista Gabriel Pombo por fin fuera de los muros)

https://www.nodo50.org/cna/?p=4528

6 DE JUNIO DE 2016 (CAMPAÑA DE FAXES POR LA LIBERACIÓN INMEDIATA DE GABRIEL POMBO DA SILVA)

https://www.nodo50.org/cna/?p=4516

28 DE MAYO DE 2016 (Situación del secuestro del compañero Gabriel Pombo da Silva)

https://www.nodo50.org/cna/?p=4510

18 DE ENERO DE 2016 (Gabriel Pombo Da Silva en huelga de hambre por su situación en la cárcel de Dueñas-La Moraleja (Palencia))

https://www.nodo50.org/cna/?p=4402

13 DE ENERO DE 2016 (Gabriel Pombo da Silva trasladado a Dueñas (Palencia))

https://www.nodo50.org/cna/?p=4395

10 DE ENERO DE 2016 (Consideraciones actualizadas, escrito de Gabriel Pombo da Silva desde Topas)

https://www.nodo50.org/cna/?p=4383

16 DE NOVIEMBRE DE 2015 (Gabriel Pombo da Silva: “Alimentación Doctrinaria” (Noviembre 2015)

https://www.nodo50.org/cna/?p=4358

19 DE AGOSTO DE 2014 (Gabriel Pombo da Silva, trasladado ahora a Salamanca, continúa con las comunicaciones intervenidas.)

https://www.nodo50.org/cna/?p=2527

24 DE JUNIO DE 2014 (Envío de FAX en apoyo a Gabriel Pombo da Silva [MODELO de FAX propuesto, presionar los próximos días 27,30 y 1])

https://www.nodo50.org/cna/?p=2329

26 DE MAYO DE 2014 (Actualización de la situación de Gabriel Pombo Da Silva)

https://www.nodo50.org/cna/?p=2198

8 DE DICIEMBRE DE 2013 (El compañero Gabriel Pombo Da Silva, víctima de cadena perpetua, sigue en lucha.)

https://www.nodo50.org/cna/?p=1796

30 DE ABRIL DE 2013 (Gabriel nuevamente trasladado a Villena, FAX por su acercamiento a Pontevedra)

https://www.nodo50.org/cna/?p=656

17 DE ABRIEL DE 2013 (La Audencia Nacional desestima la ejecución de la Euro-orden de detención contra Gabriel Pombo)

https://www.nodo50.org/cna/?p=650